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ORDEN de 27 de mayo de 2004, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, sobre delegación de competencias en materia de autorización de gastos, disposiciones de crédito, reconocimiento de obligaciones, propuestas de ordenación de pagos y contratación.

Publicado el 09/06/2004 (Nº 67)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

ORDEN de 27 de mayo de 2004, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, sobre delegación de competencias en materia de autorización de gastos, disposiciones de crédito, reconocimiento de obligaciones, propuestas de ordenación de pagos y contratación.

El Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, establece en su artículo 51 que corresponde a los órganos superiores de la Comunidad Autónoma o a los titulares de los Departamentos autorizar los gastos propios de los Servicios a su cargo, así como efectuar la disposición de crédito y reconocimiento de la obligación y solicitar al Consejero competente en materia de Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes. El apartado 4 del artículo reseñado establece la facultad de delegar tales funciones en los términos que reglamentariamente se determine.

A su vez Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, preceptúa en su artículo 34.3 que las competencias de los Consejeros son delegables.

Al objeto de conseguir una mayor agilidad en la gestión de los expedientes que conllevan realización de gastos con cargo a los Presupuestos conviene diseñar un sistema de delegación de competencias actualizando el sistema ya implantado por las anteriores disposiciones.

Por lo expuesto y en aras a una mayor agilidad en la gestión de expedientes que conllevan realización de gastos con cargo al Capítulo II del Presupuesto del Departamento, dispongo:

Primero.-Se delega en el Secretario General Técnico respecto de los programas económicos del presupuesto de Presidencia y Relaciones Institucionales adscritos a los Servicios Generales del Departamento, las competencias de autorizar gastos, disponer créditos, reconocer obligaciones y proponer las correspondientes órdenes de pago con cargo al Capítulo II, hasta una cuantía de 150.000 euros (ciento cincuenta mil euros).

Segundo.-Se delega en los Directores Generales respecto de los programas económicos del presupuesto del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales que tienen adscritos, las competencias de autorizar gastos, disponer créditos, reconocer obligaciones y proponer las correspondientes órdenes de pago con cargo al Capítulo II, hasta una cuantía de 150.000 euros (ciento cincuenta mil euros).

Tercero.-Las delegaciones enunciadas en los apartados anteriores llevan implícitas la firma o suscripción de todos los documentos y actos administrativos que se generen durante la tramitación de los expedientes de gastos y que sirvan de soporte o justificación de las operaciones contables de las subsiguientes autorizaciones de gastos, disposiciones de crédito, reconocimiento de obligaciones y propuestas de ordenación de pagos.

Cuarto.-Todas las competencias que se delegan en la presente Orden podrán ser, en cualquier momento, objeto de avocación por el órgano delegante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.-El ejercicio de las competencias delegadas por la presente Orden se ajustará a lo dispuesto en los artículos 34 y 35 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Sexto.-Queda sin efecto la Orden de 10 de enero de 2000, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se delegan en el Secretario General Técnico determinadas en materia de autorización de gastos, disposiciones de crédito, reconocimiento de obligaciones y propuestas de ordenación de pagos.

Séptimo.-Esta Orden comenzará a producir sus efectos desde el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, a 27 de mayo de 2004.

El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA